La línea tradicional Reindus se transforma en un fondo de inversión para que las empresas puedan tener siempre una ventanilla abierta y pueda haber una negociación bilateral entre Empresa – Fondo donde poder negociar condiciones, tipo de préstamo, tipo de participación …
Objetivo
El Fondo tiene como objetivo financiar empresas, en concreto a sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, ya existentes con domicilio social y establecimiento en España, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público.
Requisitos de los beneficiarios
Podrán obtener la financiación las sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, ya existentes, con domicilio social y establecimiento en España que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño, y que no formen parte del sector público.
Se entenderá que el solicitante desarrolla o va a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales si el proyecto para el que solicita financiación se encuadra en alguna de las siguientes actividades:
a) Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
b) Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla) , según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
c) Actividades complementarias a la producción industrial. Se entenderá que se trata de actividades complementarias a la producción industrial, si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial.
d) Actividades de servicios a la industria:
- Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos industriales y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12
- Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios mayoritariamente a la industria manufacturera.
Costes financiables
a) Creación de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al inicio de una nueva actividad productiva.
b) Traslado de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al cambio de localización de una actividad productiva previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
c) Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción y proceso: realización de actuaciones que permitan la modernización de líneas de producción y proceso existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción y proceso, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
d) La implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.» y de actuaciones en las líneas orientadas a la sostenibilidad ambiental (reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, etc.)
Importe de la financiación
El importe a conceder será de hasta el 75% sobre el Presupuesto Financiable del proyecto, con un importe de las operaciones entre los 200 mil euros y 60 millones por año.
Conceptos de inversión y gastos financiables:
Conceptos financiables |
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ADQUISICIÓN DE ACTIVOS FIJOS |
Activos fijos de carácter material |
– Obra Civil: Inversiones en urbanización y canalizaciones. |
– Edificación e Instalaciones: Inversiones para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones. |
– Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos directamente vinculados a la producción o al proceso productivo. |
Activos fijos de carácter intangible |
– Software específico vinculado al proceso productivo. |
– Patentes, licencias, marcas y similares. |
– Investigación y desarrollo, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud. |
GASTOS |
– Gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en dicha partida |
– Gastos de Calificación Crediticia vinculada a la solicitud de financiación. |
– Gastos de auditoría de cuentas en el caso de empresas sin obligación de auditoría (durante la vida de la Financiación) |
– Gastos de auditoría asociados a la justificación de la inversión en el marco del proyecto financiado. |
Características de la financiación
Límites al importe por Financiación
- El importe mínimo de la financiación concedida será de 200.000 euros.
- El importe máximo no deberá exceder del 75 por ciento sobre el total del Presupuesto Financiable.
Coste de la financiación
- Para préstamos ordinarios: Euribor a 12 meses más un diferencial fijo entre un 1,5% y un 4,5%, con un mínimo equivalente al diferencial de aplicación.
- Para préstamos participativos: Euribor a 12 meses más un diferencial fijo entre un 2,5% y un 5,5% (con un mínimo equivalente al diferencial de aplicación), con un tramo variable adicional vinculado a parámetros de evolución de la actividad de hasta un 2%.
- Para participaciones en capital: Revalorización fija de entre el 5% y el 8%
Plazo de la financiación
Las financiaciones tendrán una duración máxima de 10 años, incluyendo, en su caso, el plazo de carencia.
- Los préstamos, tanto ordinarios como participativos, podrán tener una carencia en la amortización de principal máxima de 3 años.
- Para las participaciones en capital, el plazo máximo hasta el primer término de la compra venta de la participación será de 5 años.
Garantías
Se requerirá presentación de aval bancario, o garantía equivalente, ejecutable a primer requerimiento por el 10% del importe desembolsado de la financiación en los préstamos, tanto ordinarios como participativos.
La Sociedad Gestora podrá establecer garantías adicionales en aras a viabilizar las financiaciones
Plazo de apertura
El Fondo de Inversión Productiva, que sustituirá al Plan Reindus, estará operativo a partir del 15 de julio del 2021.
Dotación presupuestaria
La dotación inicial del fondo, que arrancará con 600 millones de euros este año, se irá incrementando en los Presupuestos Generales del Estado venideros y también se irá retroalimentando con los reembolsos que se produzcan en la financiación otorgada por el Ministerio de Industria.
Procedencia de los fondos
La dotación del fondo no proviene de fondos europeos de recuperación, sino del presupuesto de Industria en los Presupuestos, que asciende a alrededor de 4.000 millones de euros.
Otras características de los Fondos de Inversión Productiva
Este fondo heredero de Reindus será más flexible, ya que no habrá una convocatoria anual como antes, con un plazo de solicitudes abierto por un mes, lo que hacía que si la empresa no tenía preparado el proyecto que presentaba para recibir financiación en ese plazo, tuviera luego que esperarse un año hasta la siguiente convocatoria.
El nuevo fondo no solo se dirige a la Industria sino que ha añadido más actividades, de forma que ya no está centrado sólo en la producción industrial, sino a los servicios asociados a la misma.
Con motivo de la puesta en marcha del Fondo FAIIP, para las solicitudes de financiación que se presenten a lo largo del ejercicio 2021, podrán ser objeto de financiación:
– Los proyectos iniciados con anterioridad a la fecha de solicitud.
– Los proyectos que se inicien posteriormente a la Fecha de Solicitud, siempre y cuando el inicio de las inversiones financiadas sea en el plazo máximo de 12 meses desde la presentación de dicha solicitud (Fecha de Solicitud).
Serán financiables tanto las partidas del presupuesto del proyecto que se hayan ejecutado desde 1 de julio de 2020 (con independencia a que hayan sido abonadas), como las que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la Financiación
Los proyectos podrán presentarse en el tiempo que considere oportuno ante la Secretaría General de Industria, pues el Fondo de Inversión Productiva operará de manera continua a partir del 15 de julio del 2021.
Fuente: Manual FAIIP
Formulario
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